El legislador Adrián Liendo (PP) presentó un proyecto de ley para implementar en Tierra Del Fuego que cajeros automáticos y terminales de autoconsulta “muestren en sus pantallas el costo pecuniario de la operación” que se realice en concepto de “extracción, transferencia, depósito o cualquier otro tipo”. La normativa se basa en los derechos incorporados en la reforma Constitucional de 1994. Fue girado a la comisión de Presupuesto y Economía (2).
El Parlamentario recuerda que en el articulo 42 de la Carta Magna argentina, se vislumbra “al ciudadano como consumidor y usuario y le otorga un plexo de derechos y garantías de las cuales, fácilmente se desprenden sus fines operativos”, según los fundamentos presentados. Asimismo, sostiene que el espíritu de la normativa “se orienta a brindar a los ciudadanos las herramientas para que, desde su rol de consumidor o usuario, no ingresen en una situación de inferioridad a la relación de consumo y ejerzan sus derechos con claridad y tranquilidad”.
Lo que busca Liendo es que “el usuario del sistema bancario sea informado de forma previa, sobre el costo pecuniario de las operaciones a efectuarse en cajeros automáticos y terminales de autoconsulta”. En el articulado define como autoridad de aplicación a la subsecretaría de Comercio Interior dependiente del Ministerio de Economía.
El Parlamentario recuerda que en el articulo 42 de la Carta Magna argentina, se vislumbra “al ciudadano como consumidor y usuario y le otorga un plexo de derechos y garantías de las cuales, fácilmente se desprenden sus fines operativos”, según los fundamentos presentados. Asimismo, sostiene que el espíritu de la normativa “se orienta a brindar a los ciudadanos las herramientas para que, desde su rol de consumidor o usuario, no ingresen en una situación de inferioridad a la relación de consumo y ejerzan sus derechos con claridad y tranquilidad”.
Lo que busca Liendo es que “el usuario del sistema bancario sea informado de forma previa, sobre el costo pecuniario de las operaciones a efectuarse en cajeros automáticos y terminales de autoconsulta”. En el articulado define como autoridad de aplicación a la subsecretaría de Comercio Interior dependiente del Ministerio de Economía.
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