Cristina promulgó la Ley 26.776 aprobada por el Kirchnerismo del Cruce por Aguas Argentinas | Portal La TDF

Cristina promulgó la Ley 26.776 aprobada por el Kirchnerismo del Cruce por Aguas Argentinas

La Presidenta Cristina Fernández de Kirchner promulgó hoy la Ley 26.776 (ver) que define como política de Estado la integración física del territorio continental con su territorio insular de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, sancionada el 31 de octubre y promulgada con fecha 19 de noviembre de 2012 (ver).
Por Decreto 2217/2012 publicado hoy en el Boletín Oficial (ver), se promulgó la Ley 26.776 que define como política de Estado la integración física del territorio continental con su territorio insular de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, sancionada el 31 de octubre y promulgada con fecha 19 de noviembre de 2012.
El Decreto lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, del Jefe de Gabinete, Juan M. Abal Medina y del ministro del Interior y Transporte, Aníbal F. Randazzo.
La Ley dispone además la continuación de la Ruta Nacional Nº 40 en el territorio de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
El Poder Ejecutivo nacional –agrega-, a través de la autoridad de aplicación, realizará el estudio de factibilidad, apertura de traza, demás estudios requeridos de la Ruta Nacional Nº 40 y su ejecución en el territorio de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. La misma comunicará las ciudades de Río Grande y Ushuaia.
Se establece la conexión marítima entre la provincia de Santa Cruz y la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a través de buques portarodantes.
El Poder Ejecutivo nacional, a través de la autoridad de aplicación –agrega-, realizará el estudio de factibilidad, demás estudios requeridos para la conexión marítima y su implementación entre los puntos operativamente más apropiados en orden a la menor distancia posible.
Los estudios previstos en la ley se iniciarán en el plazo de 60 días de su promulgación.
Se autoriza al Poder Ejecutivo nacional a readecuar las partidas presupuestarias para cumplir con la presente ley.

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