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Cómo son las restricciones vigentes en Tierra del Fuego

El Gobierno de la Provincia publicó las medidas vigentes en toda la provincia, de acuerdo a los alcances de la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 381/21 que se aplicará hasta el 25 de junio inclusive.

La determinación se realizó de acuerdo a la aplicación del esquema de cálculo impuesto por el Poder Ejecutivo Nacional para la calificación del riesgo epidemiológico de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Asimismo, las autoridades sanitarias instan a la comunidad a continuar cumpliendo con los protocolos vigentes como así también con las medidas sanitarias: mantener distanciamiento social; uso de tapaboca; ventilar los espacios cerrados y lavado frecuente de manos.

✔️ Continúan suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares.

✔️ Están permitidas las actividades y excursiones turísticas en la provincia -en grupo- mediante empresas habilitadas que cuenten con protocolos aprobados.

✔️ Las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios podrán continuar realizándose en tanto tengan un protocolo de funcionamiento aprobado.

✔️ Los locales gastronómicos, restaurantes, bares, podrán funcionar desde las 6:00 de la mañana hasta la 1:00 del día siguiente, con un tope de diez comensales por mesa.

✔️ Los gimnasios, eventos religiosos, cines, teatros, centros culturales y afines, podrán continuar con sus actividades a razón de 1 persona por cada 4 metros cuadrados.

✔️ En los eventos religiosos el tope será de 50 concurrentes.

✔️ Los salones recreativos infantiles, salones de eventos, salones de fiesta y quinchos podrán continuar sus actividades con hasta 20 personas.

✔️ El acompañamiento de pacientes se realizará de acuerdo a la Ley Provincial N° 1323, Decreto Reglamentario N° 1665/20 y Resolución M.S. N° 1675/20.

✔️ Se mantiene la suspensión de los viajes turísticos grupales.

✔️ Están permitidas actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de hasta 20 personas.

✔️ Se autoriza la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados, con hasta 20 personas, manteniendo el distanciamiento mínimo de metros entre los y las participantes.

✔️ Las competencias deportivas nacionales, regionales y provinciales, en lugares cerrados o abiertos podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados.

✔️ Continúan suspendidas las actividades de bingos y discotecas.

✔️ Los casinos deberán permanecer cerrados entre la 1:00 y las 6:00 am.

✔️ Se limita la circulación de personas entre la 1:00 y las 6:00 am, a excepción de las personas afectadas a servicios esenciales.

✔️ Los delivery no podrán circular entre la 1:00 y las 6:00 am.

✔️ Están suspendidos los actos públicos.

✔️ Los actos escolares por motivos de celebraciones nacionales o provinciales podrán realizarse previa aprobación del protocolo que deberán remitir a coetdf@gmail.com.

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