Impuesto inmobiliario: Respaldo de la Federación Argentina de Municipios (FAM) a Ushuaia y Río Grande | Portal La TDF

Impuesto inmobiliario: Respaldo de la Federación Argentina de Municipios (FAM) a Ushuaia y Río Grande

La Federación Argentina de Municipios (FAM), que se reunió en Buenos Aires, emitió una declaración mediante la cual respalda fuertemente las posturas legales, históricas y políticas que sostienen los municipios de Ushuaia y Río Grande ante la pretensión del Gobierno de Tierra Del Fuego de avanzar sobre la potestad del cobro del impuesto inmobiliario urbano, hoy en manos de las ciudades.
Mediante el documento, la FAM expresa su “profunda preocupación sobre la pretendida aplicación de una medida tributaria que gravemente desfinancia a los gobiernos locales”.
Sostiene que se violentan competencias establecidas en la Carta Orgánica Municipal (art. 37.6) atacando, directamente, la capacidad de dictar los Municipios su norma fundante, afectando su autonomía política y su autosuficiencia económica-financiera, derogando de facto, mediante una ley, cuestiones que el constituyente dejó expresamente plasmadas.

Plantea que “las potestades tributarias municipales de Ushuaia y Río Grande vienen de larga data, garantizadas por las respectivas Cartas Orgánicas. Luego de que la novel provincia dejara de ser territorio nacional, la práctica constitucional fue mantenida. Resultaría un pésimo precedente el avasallamiento de potestades preexistentes por una decisión unilateral de otra jurisdicción sin debate ni participación de los municipios”.

En un tercer punto la entidad que nuclea a los municipios del Interior del país manifiesta que “no resulta ajeno a esta cuestión el largamente diferido tratamiento de la coordinación fiscal interjurisdiccional, atenta la manda constitucional expresa de la reforma de 1994 y la igualmente exigible garantía de autonomía municipal”.

Posteriormente, plantea que “tal debate viene siendo postergado injustificadamente, mientras desde el Gobierno nacional se aplican políticas altamente inequitativas, además de gravosas, como lo han sido la falta de devolución total de la detracción del 15% de los impuestos coparticipados (DNU 73/2016); el desfinanciamiento del Fondo Federal Solidario mediante la disminución de las retenciones a la soja (Decretos 133/2015 y 1343/2016, con vicios de inconstitucionalidad manifiestos por ser temas tributarios de competencia exclusiva del Congreso); y el aumento brutal, unilateral e inconsulto por el Presidente de la Nación de la coparticipación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –una de las jurisdicciones más ricas del país- incrementándolo del 1,4% al 3,75% (Decreto 194/2016)”.

Luego advierte que “en el interín de que se avance en resultados concretos consensuados, insta a las autoridades provinciales gestionar y reclamar ante las autoridades nacionales la reducción del referido financiamiento escandalosamente inequitativo a la ciudad de Buenos Aires, por un monto equivalente a las sumas pretendidas, sin afectar las potestades tributarias preexistentes de las municipalidades de Ushuaia y Río Grande”.

Finalmente, la declaración enfatiza que “la Constitución Nacional garantiza la autonomía municipal, lo que conlleva la obligación por parte de las provincias de respetar sus fuentes de financiamiento”.

El escrito concluye que “la FAM resuelve dar a la presente Declaración adecuada difusión, especialmente ante las autoridades de Tierra Del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, las autoridades de los municipios de Ushuaia y Río Grande, y el Superior Tribunal de Justicia”.

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