El Banco Central estableció nuevas normas para fortalecer el sistema financiero y estimular el crédito | Portal La TDF

El Banco Central estableció nuevas normas para fortalecer el sistema financiero y estimular el crédito

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó el régimen sobre exigencia de capital para atender el riesgo de crédito y la integración del capital de las entidades que operan en el país, con el objetivo de estimular los préstamos y adaptar la regulación a los criterios internacionales.
La normativa, aprobada ayer por el Directorio del BCRA, está orientada a fortalecer el sistema financiero, estimular el otorgamiento de crédito para sostener el crecimiento de la economía y adaptar la regulación argentina a los criterios internacionales.
La entidad que preside Mercedes Marcó del Pont destacó que las nuevas disposiciones se encuentran en línea con los estándares del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y los compromisos asumidos por la Argentina en el G-20, que tienen como objetivo preservar la estabilidad financiera.

Esta medida complementa el conjunto de disposiciones aprobadas por el BCRA que, como la norma sobre capital mínimo por riesgo operacional que comenzó a regir en febrero del presente año, introducen nuevos requisitos en la exigencia de capital para las entidades que operan en el país.

Las principales modificaciones, que se pondrán en marcha a partir de enero de 2013, están vinculadas con la aplicación de los coeficientes preestablecidos para ponderar el riesgo de las exposiciones crediticias.

Tratamiento de la cartera minorista y los préstamos para la vivienda:

Las financiaciones a las personas físicas y pymes estarán sujetas a un ponderador del 75% y los préstamos hipotecarios sobre la vivienda única, al 35%, siempre que se cumplan determinadas condiciones. En ambos casos la nueva norma reduce el ponderador respecto de los que rigen actualmente, establecidos en 100% y 50%, respectivamente.

Tratamiento de las exposiciones con el sector público no financiero:

En atención a la opción explicitada en la normas de Basilea II, que permite atenuar la ponderación de las exposiciones con el sector público, se resolvió que las exposiciones directas o a través de un fideicomiso– con el sector público, denominadas y fondeadas en pesos, se ponderarán al 0%. Las financiaciones otorgadas al sector público pero denominadas en otra moneda seguirán, como hasta ahora, ponderadas al 100 por ciento.

Tratamiento de las titulizaciones:

Actualmente la exigencia de capital se calcula sólo respecto del valor nominal de los títulos y certificados de participación en fideicomisos que figuren en el activo de las entidades financieras. La modificación establece que en adelante se deberá guardar capital por el total de los créditos transferidos a un fideicomiso, si la entidad cedente retiene algún tipo de exposición. Por ejemplo, cuando una entidad retiene un tramo subordinado, se coloca en posición de absorber la primera pérdida y, en consecuencia, deberá mantener capital por la cartera transferida, hasta el monto del certificado de participación, si éste fuera menor que dicha exigencia.

Préstamos en mora (más de 90 días):

De acuerdo con la norma actual les corresponde un ponderador fijo del 100%. Con los cambios aprobados, los préstamos en mora recibirán ponderadores de riesgo que decrecen a medida que se incrementa la previsión por incobrabilidad.

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