
el Decreto 4161 por el cual prohiben al Peronismo dice textualmente en su parte central:
“Considerando: Que en su existencia política, el Partido Peronista ofende el sentimiento democrático del pueblo argentino, el Presidente provisional de la Nación Argentina, en ejercicio del Poder Legislativo , decreta con fuerza de ley: (...)
Art. 10: Queda prohibido en todo el territorio de la Nación:
a) La utilización de propaganda peronista. Se considerará especialmente violatoria de esta disposición, la utilización de la fotografía, retrato o escultura de los funcionarios peronistas o de sus parientes, el escudo y la bandera peronista, el nombre propio del presidente depuesto, el de sus parientes,las expresiones “peronismo”, “peronista”, “justicialismo”, “justicialista”, “tercera posición”, la abreviatura “PP”, las fechas exaltadas por el régimen depuesto, las marchas de “los muchachos peronistas” y “Evita Capitana”, el libro “La razón de mi vida” y los discursos del presidente depuesto y su esposa.
b) La utilización de imágenes, símbolos y signos creados o por crearse, que pudieran ser tenidos por alguien con los fines establecidos en el inciso anterior.”
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