PERONISMO: Por Decreto 721/2020 Alberto estableció el Cupo Laboral Trans en el Estado Nacional | Portal La TDF

PERONISMO: Por Decreto 721/2020 Alberto estableció el Cupo Laboral Trans en el Estado Nacional

A través del Decreto 721/2020 (ver) el Presidente Alberto Fernández estableció en el ámbito del sector público nacional que los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción "no inferior al uno por ciento (1%)", por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad necesarias, y en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes. La decisión -que apunta a lograr una "efectiva inclusión"- se tomó en virtud de "respetar y garantizar que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos".
El último reporte sobre el empleo en la administración pública data de diciembre de 2018 y marcaba que había 697 mil empleados públicos. Esto implica que el Estado nacional debería tener al menos unos 7 mil empleados y empleadas travestis, transexuales y transgénero.
En el decreto se indica que "toda persona travesti, transexual o transgénero tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género o su expresión, por lo que no podrán establecerse requisitos de empleabilidad que obstruyan el ejercicio de estos derechos".
También, a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo. "Si las personas aspirantes a los puestos de trabajo no completaron su educación, en los términos del artículo 16 de la Ley N° 26.206 (ver) de Educación Nacional, se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos faltantes y finalizarlos", expresa el decreto.

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