Matrimonio Igualitario: Sobreseyeron a la Gobernadora Rios y a De Maio | Portal La TDF

Matrimonio Igualitario: Sobreseyeron a la Gobernadora Rios y a De Maio

La gobernadora Fabiana Ríos se refirió hoy al sobreseimiento dictado a su favor por la jueza de Instrucción Nº2 del distrito Judicial Sur, María Cristina Barrionuevo, en la causa penal en la que se le imputaba el supuesto “abuso de autoridad” por haber ordenado que el Registro Civil de la Provincia formalizase el primer matrimonio igualitario de Latinoamérica, a partir de una sentencia firme dictada por tribunales porteños.

“Independientemente de lo que yo pensaba, si la sentencia (del tribunal porteño) estaba firme, resolver en contra hubiese sido una arbitrariedad” como mandataria de la Provincia, afirmó Ríos al ratificar su decisión de haber ordenado por Decreto Provincial Nº 2996/09, el 28 de diciembre de 2009, que el Registro Civil de Ushuaia procediera a formalizar el primer casamiento entre personas del mismo sexo.

La mandataria fueguina formuló esas declaraciones hoy, tras conocerse el fallo que terminó sobreseyendo a Ríos y a De Maio. Ambas habían sido imputadas por supuesto “Abuso de Autoridad” y "Falsedad Ideológica", respectivamente, en la causa nº 19.327 iniciada en los primeros días de enero de 2010 por los abogados Demetrio Martinelli y Jano de la Riva y por la Fiscal Karina Echazú, quienes en principio denunciaron que la actuación del Gobierno de Ríos había incurrido en una supuesta "Asociación Ilícita" al autorizar la concreción del matrimonio entre Di Bello y Freyre, cuando aún el matrimonio igualitario no tenía fuerza de ley nacional pero ya contaba con una sentencia firme de la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.


La sentencia firmada hoy por la jueza Barrionuevo establece: “sobreseer a María Fabiana Ríos, Gobernadora de la Provincia de Tierra del Fuego, por el hecho que fuera indagada oportunamente en orden a los delitos de Usurpación de Autoridad –art.146 inc.3º del C.P.- y Abuso de Autoridad –art.148 del C.P.- por aplicación de lo normado en el art. 309 inc.3º del CPPP”.

En la misma resolución, la magistrada dictó el sobreseimiento de Eleonora De Maio en la causa 19327 caratulada “Agente Fiscal s/denuncia”.

"Evidentemente, la jueza entendió las razones que motivaron mi decisión, que fueron conforme a derecho", dijo Ríos.

Por su parte, De Maio resaltó que "la sentencia de la Dra. Barrionuevo demuestra que lo manifestado en mi dictamen no fue fruto de una improvisación ni de ningún incumplimiento a la ley, sino que actué sobre el análisis de los hechos y derechos presentados por Di Bello y Freyre".

La funcionaria sostuvo su declaración en el hecho de que la jueza indicó que el dictamen jurídico “a simple vista era lo suficientemente claro y fundado, con lo cual se podrá estar de acuerdo o no, resultando en todo caso una cuestión opinable, donde lisa y llanamente la letrada interviniente, le sugirió a la Gobernadora avocarse a resolver el recurso planteado”, al existir una sentencia firme que habilitaba judicialmente el matrimonio.

De ese modo, Barrionuevo determinó que “no surgiendo de las actuaciones que la Dra. De Maio hubiese tenido que forzar su voluntad para poder adaptar sus conocimientos a la posición ideológica de la Gobernadora, a los fines de emitir un dictamen favorable a ese respecto”, no se configuraba delito de “Abuso de Poder” o de “Abuso de Autoridad” por parte de la Gobernadora.

El 13 de noviembre de 2009, la jueza Gabriela Seijas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró inconstitucionales los artículos 172 y 188 del Código Civil por limitar el matrimonio sólo a personas de distinto sexo, y permitió que los peticionantes, Alex Freyre y José María Di Bello, pudieran casarse.

La pareja obtuvo el turno para el día 1 de diciembre en un Registro Civil del barrio porteño de Palermo, pero en el mismo día otra jueza (Martha Gómez Alsina) hizo lugar a una presentación de la Corporación de Abogados Católicos, y suspendió la boda cautelarmente.

Freyre y Di Bello se presentaron entonces en el Registro Civil de Ushuaia solicitando turno para casarse. Tras la negativa de las autoridades de esa repartición, la pareja presentó un “Recurso Jerárquico” que fue respondido positivamente por la gobernadora Ríos.

Ríos había sido citada a declaración indagatoria el pasado 12 de diciembre de 2010 ante la jueza María Cristina Barrionuevo, en torno a una demanda iniciada por abogados del foro local por supuesto “abuso de autoridad”.

En esa oportunidad, la mandataria fueguina afirmó: “Estamos tan acostumbrados a la arbitrariedad que parecería ser normal, cuando no debe serlo”, ya que “lo que es justo para dos personas y así fue determinado por una autoridad judicial de Buenos Aires, lo es en Córdoba, Jujuy o Tierra del Fuego, porque los titulares del derecho no son las jurisdicciones, sino las personas”, añadió.

La Gobernadora también destacó que la sanción de la ley de matrimonio igualitario a nivel nacional “es una manera de ratificar lo actuado previamente por una militancia de muchos años ante una situación de oscurantismo que vivió el país, pero yo actué en función a una sentencia judicial firme de inconstitucionalidad cuyos titulares de derecho habían sido sometidos a un acto arbitrario, impidiéndoles la realización del fallo en su jurisdicción de origen”.

Fuente: Sur54

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